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SCJN DECLARA INCONSTITUCIONAL LA CADENA PERPETUA POR VIOLAR PRINCIPIOS DE REINSERCIÓN SOCIAL

  • Roberto Quintero M.
  • 2 dic 2024
  • 2 Min. de lectura



Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la cadena perpetua, argumentando que esta pena contradice el derecho a la reinserción social consagrado en la Constitución. El fallo se dio al resolver el caso de Juan Carlos Gámez Bernal, condenado por homicidio múltiple en Chihuahua.

 

El pleno invalidó parcialmente el artículo 127 del Código Penal de Chihuahua, que establece prisión vitalicia para quienes cometan tres o más homicidios. Según la Corte, esta disposición vulnera el artículo 18 de la Constitución, que desde 2008 garantiza el derecho de las personas privadas de su libertad a la reintegración social.

Argumentos de la Corte

 

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, al presentar el proyecto, subrayó:"La reinserción social, como fin de la pena, no acepta la idea de que el culpable sea considerado irrecuperable. La prisión vitalicia se opone a esta premisa fundamental."

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf añadió que negar cualquier posibilidad de libertad condicional o medidas similares afecta gravemente el desarrollo de un proyecto de vida futuro, en detrimento del objetivo de reintegrar al condenado a la sociedad.

 

Consecuencias del fallo

Aunque la decisión solo aplica al caso específico de Gámez Bernal, establece un precedente importante. En este caso, la SCJN ordenó imponer penas acumulativas por homicidio calificado, que varían entre 20 y 50 años de prisión por cada víctima, en lugar de la prisión vitalicia.

 

El fallo también podría tener implicaciones en extradiciones hacia Estados Unidos, donde las condenas de cadena perpetua son comunes. México podría exigir a su vecino que garantice no imponer esta pena, al igual que ya lo hace con la pena de muerte.

 

Contexto jurídico

El fallo refleja un cambio significativo en la interpretación de los derechos humanos. En 2005, la SCJN había avalado la cadena perpetua en una votación dividida, permitiendo extradiciones hacia Estados Unidos. Sin embargo, las reformas constitucionales de 2008 y 2011 reforzaron el enfoque en derechos humanos y reintegración social, transformando el marco legal y las posturas de la Corte.

 

Esta resolución marca un hito en la evolución del sistema penal mexicano, reafirmando la primacía de la reinserción social como objetivo fundamental de las penas privativas de libertad.

 

 
 
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