IMSS: COMPROBACIÓN DE SUPERVIVENCIA PARA PENSIONADOS EN EL EXTRANJERO SIGUE SIENDO OBLIGATORIA
- Roberto Quintero M.
- 24 mar
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) continúa implementando medidas para garantizar la continuidad en el pago de pensiones a sus beneficiarios. Si bien desde 2015 eliminó la obligación de comprobar la supervivencia de manera presencial en México, los pensionados que residen en el extranjero aún deben cumplir con este trámite para evitar la suspensión de sus pagos.
¿Quiénes deben comprobar supervivencia?
De acuerdo con el IMSS, los pensionados que viven fuera de México deben realizar este procedimiento de manera electrónica a través de la oficina consular más cercana, ya sea en embajadas o consulados mexicanos.
Requisitos para el trámite
Para cumplir con la comprobación de supervivencia, los interesados deben presentar en la oficina consular:
✔ Identificación oficial con fotografía y firma.✔ Documento con Número de Seguridad Social (NSS).
El personal consular emitirá un comprobante que indicará la próxima fecha para repetir el trámite. En caso de omisión, la pensión puede ser suspendida; sin embargo, una vez realizada la comprobación, el IMSS restablecerá los pagos de manera retroactiva.
¿Qué pasa con los pensionados que viven en México?
Para quienes residen en territorio nacional, el trámite ya no es obligatorio. No obstante, aquellos a quienes el sistema les solicite actualizar sus datos deben acudir con:
📌 Identificación oficial vigente.
📌 Clave Única de Registro de Población (CURP).
📌 Número de Seguridad Social (NSS).
📌 Comprobante de domicilio.
📌 Teléfono, celular y correo electrónico (opcionales).
Con estas medidas, el IMSS busca agilizar los procesos y evitar interrupciones en el pago de pensiones.