1 DE SEPTIEMBRE NO SERÁ DÍA FESTIVO: TRABAJADORES RECIBIRÁN SALARIO NORMAL
- Roberto Quintero M.
- 13 ago
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Ciudad de México.-
A pesar de coincidir con el Primer Informe de Gobierno de Claudia Sheinbaum y la toma de protesta de nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el lunes 1 de septiembre no será considerado día de descanso obligatorio, según la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El artículo 74 de la LFT no incluye esta fecha dentro de los feriados oficiales, por lo que las personas que laboren ese día recibirán su salario habitual, sin compensación adicional.
El siguiente descanso obligatorio será el martes 16 de septiembre, con motivo del aniversario de la Independencia de México. Conforme al artículo 75, quienes trabajen ese día deberán recibir pago triple: el salario correspondiente al descanso más el doble por laborar en día festivo.
Los demás días festivos en 2025 establecidos por la LFT son:
Lunes 17 de noviembre por la conmemoración de la Revolución Mexicana.
Jueves 25 de diciembre por Navidad.
Para dudas sobre derechos laborales, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece atención gratuita a los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942, así como vía correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx.







